Sunat designó a 187 nuevos agentes de retención del IGV

La Sunat designó a 187 contribuyentes como nuevos agentes de retención del IGV y a la vez excluyó a 262 de ellos que tenían tal condición, informó el Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

“Para evitar posteriores controversias revise los anexos de la mencionada resolución a fin de constatar si su empresa ha sido incluida (Anexo 1°) o excluida (Anexo 2°) como agente de retención del IGV, medida que regirá desde el jueves 1° de junio del 2017”, señaló Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Cabe mencionar que el régimen de retenciones del IGV se creó por Res. 037-2002-Sunat, concordante con el artículo 10 del Código Tributario que establece que la administración tributaria podrá designar como agentes de retención a los contribuyentes que considere se encuentran en disposición para retener los tributos.

La CCL explica que los sujetos designados por la Sunat como agentes de retención deberán retener parte del IGV que les corresponda pagar a sus proveedores, para su posterior entrega al fisco, según la fecha de vencimiento de sus obligaciones tributarias mensuales.

Asimismo los proveedores (vendedores, prestadores de servicios o constructores) se encuentran obligados a soportar la retención, pudiendo deducir los montos que se les hubiera retenido contra el IGV que les corresponda pagar, o en su caso, solicitar su devolución al ente recaudador.

Conforme al artículo 18 del Código Tributario el agente de retención es el único responsable frente a la Sunat cuando se haya realizado la retención ordenada.
Tener en cuenta que la tasa de retención del IGV desde el 1° de marzo del 2014, es equivalente al 3% del importe de la operación (total facturado más IGV).

Fuente: El Comercio

Imagen: Pixabay/forium

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