Sunat establece el proceso online para devolución de Impuesto a la Renta

Contribuyentes podrán presentar formularios virtuales para iniciar la devolución de pagos indebidos.

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) estableció el proceso informático por el que los contribuyentes podrán solicitar la devolución de saldos a favor del Impuesto a la Renta (IR) de tercera categoría.

Así, si alguna persona natural consignó en su declaración jurada anual del IR información de deviene en pagos indebidos o cancelación en exceso de deudas tributarias deberán solicitar la devolución a través del Formulario Nº 4949 o el Formulario Virtual Nº 1649 de Sunat Virtual.

Los contribuyentes que decidan usar el formulario virtual y hacer el proceso online, deberán cumplir con estas condiciones: 1. Haber presentado el Formulario Virtual Nº 704: Renta Anual 2016 – Tercera Categoría o el formulario virtual. 2. Ingresar al enlace “Solicitud de devolución – Rentas de Tercera Categoría”, habilitado en Sunat Operaciones en Línea, inmediatamente después de haber realizado la presentación a que se refiere el inciso anterior.

De no ingresar al citado enlace en dicha oportunidad, el declarante solo podrá solicitar la devolución del saldo a favor por rentas de tercera categoría presentando en la dependencia de la Sunat que corresponda. 3. No tener una solicitud de devolución de pagos indebidos o en exceso del IR por rentas de tercera categoría correspondiente al ejercicio gravable por el que se solicita la devolución del saldo a favor. 4. No haber sido notificado por la Sunat con una resolución que declare improcedente, procedente o procedente en parte una solicitud de devolución de pagos indebidos.“Una vez concluida la presentación del Formulario Virtual Nº 1649 “Solicitud de devolución” a través de Sunat Virtual (..) se genera automáticamente una constancia de presentación, la cual puede ser impresa.

Dicha constancia contiene los datos de la solicitud de devolución así como el número de orden asignado por la Sunat”, se explica en la resolución publicada en El Peruano.

Fuente: Semana Económica

Imagen: Pixabay/cpastrick

 

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